Tomado de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas de Argentina
El pasado jueves 4 de julio, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una modificación de la ley que regula la donación de sangre en la ciudad. La reforma modificó el artículo 3º, inciso d, de la ley 3328 y de ahora en adelante “no se requerirá información de los/las donantes respecto a su identidad de género, orientación sexual o cualquier información que resulte discriminatoria”.
Esta reforma tiene como antecedente una denuncia presentada por la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) en el Centro de Protección de Datos Personales de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad. LA CHA alertaba sobre aspectos discriminatorios en la entrevista previa a la donación y los impedimentos para que los varones homosexuales fueran donantes. El cuestionario incluía preguntas sobre si se había aspirado cocaína en los últimos 12 meses o si se había tenido sexo por dinero. A las mujeres se les preguntaba si habían tenido sexo con un hombre que a su vez hubiera tenido sexo con otro hombre.
La Defensoría del Pueblo concluyó después de una investigación que “no hay razones suficientes que permitan mantener la restricción de donar sangre por parte de quienes hayan tenido sexo entre hombres por esta sola razón. No es el hecho-agrega la resolución de la Defensoría- de tener sexo entre hombres o ser homosexual lo que debería impedir la donación, sino que lo que debería tenerse en consideración es la práctica sexual no segura”.
El artículo 3, inciso D, de la Ley de Sangre quedó redactado de la siguiente manera: “Los donantes de sangre tienen derecho a ser asistidos de acuerdo con los procedimientos, normas y controles establecidos por la autoridad de aplicación. Al momento de donar no se requerirá información de los/las donantes respecto a su identidad de género, orientación sexual o cualquier información que resulte discriminatoria”.
María Rachid, legisladora por el Frente para la Victoria, expresó: “Celebramos la aprobación de estas modificaciones que no sólo van a garantizar la posibilidad de donar sangre a la comunidad LGBT de la Ciudad, sino también nos permite seguir construyendo una sociedad más justa e igualitaria para todos y todas. Esto se suma a las conquistas legislativas en materia de igualdad jurídica como fueron el matrimonio igualitario y la ley de identidad de género, y es un paso más para seguir avanzando en materia de igualdad real".
Venezuela... ¿País libre de prejuicios?
Esta noticia es excelente, no solo para los argentinos sino para todo el mundo, ya que sienta un precedente en la lucha contra la discriminación a la comunidad Lgbti (Lésbico, gay, bisexual, transgénero e intersexual).
¿Hay argumentos científicos que validen la errónea idea de que la homosexualidad es sinónimo de enfermedades? Si bien es cierto que una gran cantidad de la población con Enfermedades de Transmisión Sexual es del grupo Lgbti, no menos es cierto que dichas infecciones afectan a todos por igual.
Si a pesar de ello, en todos los centros hospitalarios se realizan pruebas exhaustivas a la sangre donada para descartar cualquier enfermedad, ¿para qué preguntar la orientación sexual del donante? ¿Acaso no es cierto que muchos gays, por miedo social, vergüenza o necesidad de donar sangre, mienten deliberadamente a los interrogatorios previos? ¿Desconocen los hospitales que muchos gays son los únicos donantes de sangre de algún familiar o ser querido, por lo tanto, rechazarlos equivaldría a jugar con la salud del paciente?
Sin embargo, y pese a esta decisión judicial en Argentina, existen otros países que dicen tener "gobiernos socialistas e izquierdistas" como Venezuela donde se siguen rechazando a los donantes de sangre homosexuales, incluso, a aquellos heterosexuales que en algún momento de su vida tuvieron alguna simple experiencia sexual con alguien de su mismo sexo.
Veamos esta información publicada por la Sociedad Venezolana de Hematología. Fíjense cuáles son los posibles donantes de sangre que deben ser rechazados, en particular la bochornosa última línea:
¿Quiénes no deben donar sangre?
- Quienes hayan sufrido de hepatitis después de cumplidos los 10 años
- Los trabajadores sexuales
- Las personas que consumen o han consumido drogas
- Las personas portadoras del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) o aquellas que creen necesitar una prueba para saberlo
- Las personas portadoras del Virus de Hepatitis B o C o aquellas que creen necesitar una prueba para saberlo
- Las personas que han tenido contacto sexual con trabajadores sexuales en el último año
- Las personas que han tenido contacto sexual con más de 2 personas diferentes en el último año, sean parejas fijas o casuales
- Las personas que han tenido contacto sexual con una persona portadora de VIH en el último año
- Las personas que han tenido contacto sexual con una persona que ha usado drogas en el último año
- Hombres que tengan sexo con hombres
En caso de que el donante no esté apto para donar, el personal profesional del banco de sangre explicará los motivos y orientará en cuando al lapso pertinente para intentar de nuevo la donación, si es posible.
En lo personal he conocido muchos casos de homosexuales honestos, de vida sexual sana, que han sido rechazados al donar sangre para su propia madre por esta última línea. ¡Realmente vergonzoso!
El nivel de prejuicio es tan deplorable que incurren en doble discriminación. Fíjense bien: "hombres que tengan sexo con hombres" no deberían donar sangre... ¿y las lesbianas qué?
Desde esta humilde trinchera a favor de la inclusión, EXIGIMOS al Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela que tome cartas en el asunto y siga el ejemplo de sus homólogos argentinos. Debe revocarse esta medida discriminatoria de la Sociedad Venezolana de Hematología y, sencillamente, efectuar los exámenes correspondientes a toda sangre donada independientemente de quién provenga.
ABRAHAM PUCHE
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